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El ejemplo de los obispos de Malta

Malta¿Por qué los obispos latinoamericanos, ni como pastores de sus diócesis, ni como conferencias, han dado una orientación particular a su gente sobre la posibilidad abierta por Amoris laetitia para que los divorciados vueltos a casar puedan comulgar en misa? El Papa entregó a ellos la confección de las especificaciones regionales de aplicación de la exhortación apostólica. Solo podemos suponer que hay una razón poderosa para que hasta ahora los obispos prácticamente no se hayan pronunciado sobre el tema.

Los obispos malteses sí han dado una orientación.

La pregunta que planteo es similar a la que muchos católicos se hacen: “¿en qué quedó lo de la comunión a los divorciados, se sabe algo?”. Los sínodos sobre la familia fueron despertando interés poco a poco. Las personas se fueron informando por la prensa. Muchos no supieron nada por parte de sus diócesis o parroquias de las 39 preguntas que el Papa planteó para trabajar los temas más relevantes. Tampoco los medios de comunicación –unos por agnósticos, otros por conservadores- informaron suficientemente. Esto así, los católicos más comprometidos y, por cierto, aquellos que no pueden participar plenamente en la eucaristía, constatan otra vez que se los considera poco.

¿Qué ha ocurrido en otras regiones del mundo? Entiendo que algún obispo norteamericano ofreció unas recomendaciones para que los católicos, cumplidas las exigencias de Amoris laetitia, se acercaran a comulgar; pero también que otro sacó un documento en contrario. No he sabido que los alemanes hayan publicado nada. Su contribución en el sínodo fue extraordinaria. ¿Y España? Los obispos de Malta, obispos de Malta, en cambio, han redactado un documento notable. Ayudará ciertamente a sus fieles.

No entiendo por qué este silencio. El Papa también necesita ayuda. Francisco tiene una oposición impresionante de parte de sus propios colaboradores. Cuatro cardenales, y otros católicos tras ellos, han emplazado a Francisco, sugiriendo que con Amoris laetitia se apartó de la ortodoxia. ¿Y los demás cardenales qué piensan? El sínodo aprobó el documento base de Amoris laetitia por más de dos tercios de los votos, es cierto. Pero ha quedado pendiente explicarle a los católicos cómo han de entenderlo en sus respectivas regiones.

Puedo entender que los obispos latinoamericanos no entren en polémica con el cardenal Burke y los demás prelados, contra el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe y las otras autoridades de la curia contrarias al Papa. Pero, si hay obispos de acuerdo con Francisco, ¿por qué no los apoyan en la aplicación del documento, sobre todo cuando lo principal en juego es orientar al Pueblo de Dios? Son muchos los católicos que tienen la sensación de abandono.

Bastaría con un documento como el de la Iglesia de Malta: Criterios para la aplicación del capítulo VIII de Amoris laetitia. En el párrafo decisivo sostiene:

Si, como resultado del proceso de discernimiento, emprendido con ‘humildad, reserva, amor a la Iglesia y a su enseñanza, en la búsqueda sincera de la voluntad de Dios y con el deseo de alcanzar una respuesta a ella más perfecta” (AL 300), una persona separada o divorciada que vive en una relación consigue con clara e informada conciencia, reconocer y creer que ella o él están en paz con Dios, ella o él no pueden ser impedidos de participar de los sacramentos de la reconciliación o eucaristía (cf. AL, notas 336 y 351).

Mientras no haya pronunciamientos de los obispos latinoamericanos, este documento, y este párrafo, pueden servir para muchas iglesias de América Latina; y, quién sabe, si para otras iglesias del mundo también.

¿Qué tendrían que hacer los divorciados para comulgar en misa?

eucaristiaEl Papa Francisco, en base al informe final del Sínodo aprobado por los obispos (2015), ha reconocido la posibilidad de que comulguen en misa los divorciados vueltos a casar, las personas que convivan establemente y las que se encuentren en situaciones semejantes. Esta posibilidad, por cierto, siempre ha existido para quienes simplemente se han separado o divorciado y no han contraído una nueva unión; y, de antiguo, para quienes manteniendo una convivencia seria, se abstienen de la intimidad sexual (San Juan Pablo II en Familiaris consortio).

En Amoris laetitia el Papa, sin cambiar la doctrina tradicional sobre la unidad y la indisolubilidad del matrimonio sacramental, introduce un cambio en la disciplina de acceso a la comunión eucarística. No añade excepciones, como la mencionada sobre la abstención de relaciones sexuales. En cambio, establece orientaciones generales que debieran aplicarse a todo tipo de casos y ofrece algunos criterios que han de ser considerados.

Las orientaciones generales son tres: voluntad de integración de todos, necesidad de un acompañamiento y discernimiento en conciencia. Este último puede parecer novedoso, pero pertenece a la más auténtica y antigua tradición de la Iglesia. El Evangelio de Jesús es una apelación al corazón de las personas que solo puede ser acogido libremente, sin coacción, sin miedo. En Amoris laetitia el Papa ha subrayado la importancia del debido respeto a los laicos que deben tomar las decisiones que atañen a sus vidas con recta conciencia; es decir, en última instancia, solos delante de Dios (42, 222, 264, 298, 302, 303). Lo hace incluso a modo de autocrítica: “… nos cuesta dejar espacio a la conciencia de los fieles, que muchas veces responden lo mejor posible al Evangelio en medio de sus límites y pueden desarrollar su propio discernimiento ante situaciones donde se rompen todos los esquemas. Estamos llamados a formar las conciencias, pero no a pretender sustituirlas” (37). Por otra parte, estas personas deben saber que nadie puede acusarlas de estar en pecado mortal y, por el contrario, deben creer que la gracia de Dios nunca les faltará para crecer en humanidad (291, 297, 300 y 305); y que pueden contar siempre con el amor incondicional de Dios (108 y 311).

Antes de esto, sin embargo, el Papa pide a los católicos que se encuentran en estas situaciones llamadas irregulares que tengan un acompañamiento pastoral. Lo hace en estos términos: “Invito a los fieles que están viviendo situaciones complejas, a que se acerquen con confianza a conversar con sus pastores o con laicos que viven entregados al Señor. No siempre encontrarán en ellos una confirmación de sus propias ideas o deseos, pero seguramente recibirán una luz que les permita comprender mejor lo que les sucede y podrán descubrir un camino de maduración personal” (312).

La voluntad de Francisco es integrar a todos (297). Ha de verse cómo y, por cierto, no puede hacérselo de un modo irresponsable. Esta integración, pensamos, solo tiene sentido cuando las mismas personas quieren integrarse lo más posible a la vida eclesial, y no recuperar simplemente la comunión como un derecho perdido.

El Papa ofrece una serie de criterios para que estas personas puedan ir reintegrándose lo más posible a la vida eclesial. Estos criterios aparecen algo desperdigados en el capítulo octavo. Aquí los desplegamos y también recogemos lo que en ellos pudiera quedar implícito. Probablemente no son los únicos, pero son los principales. En cualquiera de los casos debe considerarse:

* El grado de consolidación (298) y estabilidad de la nueva relación (293).

* La profundidad del afecto (293).

* La voluntad y prueba de fidelidad (298).

* La intención y prueba de un compromiso cristiano (298).

* La responsabilidad con los hijos del primer matrimonio (293, 298 y 300).

* El sufrimiento y confusión que ha podido causar a los hijos el fracaso del primer matrimonio (298).

* La responsabilidad con los hijos del nuevo vínculo afectivo (293).

* La situación del cónyuge cuando ha sido abandonado (300).

* Las consecuencias que tiene la nueva relación para el resto de la familia y la comunidad eclesial (300).

* El ejemplo que se da a los jóvenes que se preparan al matrimonio (300).

* La capacidad para superar las pruebas (293).

Será especialmente importante:

* Un reconocimiento de la irregularidad de la nueva situación (298).

* Una convicción seria sobre la irreversibilidad de la nueva situación (298).

* Un reconocimiento de culpabilidad –si la ha habido- en el fracaso del primer matrimonio (300).

* Un conocimiento de la seriedad de los compromisos de unidad y fidelidad del primer matrimonio, y de las exigencias de verdad y de caridad de la Iglesia (300).

Es necesario recordar que el texto citado más arriba señala que el acompañamiento requerido también puede realizarlo una persona laica entregada al Señor. Esto facilitará la ayuda en este discernimiento a quienes han tenido una experiencia traumática con algún sacerdote durante la celebración del sacramento de la reconciliación o a quienes estiman que el presbítero disponible no es quien mejor puede acompañar.

Esta posibilidad pastoral que Amoris laetitia reconoce a quienes actualmente no pueden comulgar en misa debe entendérsela como el reverso del deseo de la misma Iglesia de comulgar con ellos. La Iglesia acepta que comulguen porque ella quiere, y necesita, comulgar con ellos, con sus sufrimientos, con sus esfuerzos por salir adelante, con sus aprendizajes dolorosos y con su crecimiento espiritual. Este es el tono general de la exhortación del Papa Francisco. Por nuestra parte podemos agregar que si la jerarquía eclesiástica, los matrimonios y las familias bien constituidas, no tuvieran nada que aprender de los divorciados unidos en nuevos vínculos y de sus segundas familias; si se descartara que ellos, precisamente en circunstancias de vida turbulentas, han podido tener una experiencia espiritual que puede inspiradora para los demás cristianos, a la comunión eucarística le estaría faltando algo fundamental.

Jorge Costadoat S.J.

¿Qué han de hacer ahora los sacerdotes?

SacerdoteLa institución eclesiástica de la iglesia católica experimenta agitaciones no fáciles de sentir y menos de comprender para el común de sus integrantes. El último documento del Papa Francisco titulado Amoris laetitia, y todo el período previo de su elaboración, ha sido rico en debates, pero también en intentos de sabotaje. La tensiones se han concentrado en un punto: la actual exclusión de la comunión eucarística de los divorciados vueltos a casar.

El texto no ha podido ser suficientemente claro precisamente porque los sectores que no quieren cambios en una práctica a decir verdad secular, han presionado fuertemente al pontífice. Pero sin cambios –lo han tenido claro la mayoría de los obispos del Sínodo preparatorio- la transmisión de la fe entrar en un ciclo terminal.

Es muy significativo, por esto, que el documento pone las bases de una interpretación favorable a una innovación. El mandato de Amoris laetitia es procurar “integrar” a todos a la comunidad eclesial. El documento afirma que estas personas –aunque se encuentren en una situación anómala desde un punto de vista objetivo- pueden encontrarse en gracia, y los sacerdotes que han de tratar con ellas, en vez hacerles sentir culpables, pudieran ayudarles con los sacramentos (AL, nota 351). De regreso de la isla de Lesbos se preguntó a Francisco por esta posibilidad. Su respuesta fue: “podría decir sí, y punto”. Y remitió a la explicación mayor dada por el Cardenal Schönborn.

El caso es que los sacerdotes, en este momento, tienen una orientación de procedimiento general, pero necesitan aun indicaciones más precisas.

¿Qué debiera hacer un sacerdote al que se le acerca una persona pidiéndole participar plenamente en la Eucaristía? Mi opinión es que, por de pronto, tendría que acogerla como si no dependiera de él darle permiso para comulgar. Esta decisión, en última instancia, debiera tomarla ella en conciencia. El sacerdote, por su parte, debiera acompañarla y cooperar a que asuma esta decisión, la que puede ser ocasión de un crecimiento humano y espiritual. Será muy importante ayudar a la persona a que tome conciencia de los errores que ha podido cometer en su primer matrimonio; a evaluar si puede recuperar aun su compromiso matrimonial anterior o si el nuevo compromiso es irreversible porque, por ejemplo, sería irresponsable volver atrás habiendo nuevos hijos que educar; a examinar si realmente quiere crecer en su pertenencia eclesial o simplemente desea recuperar un derecho perdido. Dependiendo el caso, el sacerdote pudiera también recomendarle que recurra a un psicólogo que le ayude a sanar las heridas de la destrucción de su primer matrimonio y a aprender de su experiencia para que su segunda familia sea más feliz que la anterior. Una vez que la persona haya podido atar los cabos que habían quedado sueltos de su ruptura y tenga un deseo suficientemente serio de vivir su nueva relación con fidelidad y de por vida, podrá pedir al sacerdote el sacramento de la reconciliación y, este, sin hacer de administrador de justicia, tendrá que dárselo y de todo corazón.

Los sacerdotes en estos momentos estamos a la espera de que nuestros obispos o conferencias episcopales nos den criterios u orientaciones parecidas a estas. Esta es la indicación del documento: “Serán las distintas comunidades quienes deberán elaborar propuestas más prácticas y eficaces, que tengan en cuenta tanto las enseñanzas de la Iglesia como las necesidades y los desafíos locales.” (AL 199). Los sacerdotes, digo, necesitamos precisiones para cumplir con el mandado de misericordia de Amoris laetitia. Hemos sufrido mucho negando los sacramentos de la Reconciliación y la Eucaristía a las personas que necesitaban más ayuda que nadie. Por fin llegó la hora de hacernos verdaderamente responsables de todos los católicos en vez de guardianes fieros de la doctrina.
El foso en la iglesia entre la enseñanza moral sexual y familiar, y el pensar y sentir de los fieles atraviesa todas las categorizaciones. También los sacerdotes –muchos- se alegran con la remoción de un importante obstáculo a la misión de la iglesia de anunciar a un Cristo liberador y revitalizador.

 

Los textos clave del Sínodo sobre los divorciados vueltos a casar (traducción del original italiano)

Familia foto84.- Los bautizados que se han divorciado y vuelto a casar civilmente deben ser más integrados en la comunidad en los diversos modos posibles, evitando en cada ocasión el escándalo. La lógica de la integración es la clave de su acompañamiento pastoral, para que no solo sepan que pertenecen al Cuerpo de Cristo que es la Iglesia, sino que puedan tener de ello una gozosa y fecunda experiencia. Son bautizados, son hermanos y hermanas, el Espíritu Santo esparce en ellos dones y carismas para el bien de todos. Su participación puede expresarse en diversos servicios eclesiales: es necesario por esto discernir cuáles de las diversas formas de exclusión actualmente practicadas en el ámbito litúrgico, pastoral, educativo e institucional puede ser superadas. Ellos no solo no deben sentirse excomulgados, sino que pueden vivir y madurar como miembros vivos de la Iglesia, sintiéndola como una madre que los acoge siempre, cuando los cuida con afecto y los anima en el camino de la vida y del Evangelio. Esta integración es necesaria también para el cuidado y la educación cristiana de sus hijos, los que deben ser considerados los más importantes. Para la comunidad cristiana, cuidar a estas personas no debe considerarse un debilitamiento de su fe y del testimonio acerca de la indisolubilidad matrimonial: por el contrario, la Iglesia expresa su caridad precisamente mediante este cuidado.
85.- San Juan Pablo II ha ofrecido un criterio complexivo, que debe considerarse la base para una valoración de estas situaciones: “Sepan los pastores que, por amor a la verdad, están obligados a discernir bien las situaciones. Hay ciertamente un diferencia entre quienes sinceramente se esforzaron por salvar su primer matrimonio y han sido abandonados de un modo completamente injusto, y aquellos que con grave culpa han destruido un matrimonio canónicamente válido. Existen, en fin, aquellos que han contraído una segunda unión en vista de la educación de los hijos, y que a veces son subjetivamente ciertos en conciencia que el matrimonio precedente, irreparablemente destruido, no había sido jamás válido” (FC, 84). Es por tanto tarea de los sacerdotes acompañar a las personas que quieren realizar un discernimiento de acuerdo a la enseñanza de la Iglesia y las orientaciones del obispo. En este proceso será útil hacer un examen de conciencia, mediante momentos de reflexión y de arrepentimiento. Los divorciados vueltos a casar debieran preguntarse cómo se han comportado ante sus hijos cuando la unión conyugal entró en crisis; si hubo tentativas de reconciliación; cómo la situación del compañero/a abandonado; qué consecuencias tiene la nueva relación sobre el resto de la familia y la comunidad de los fieles; qué ejemplo ofrece esa (relación) a los jóvenes que se deben prepararse al matrimonio. Una sincera reflexión puede reforzar la confianza en la misericordia de Dios que no ha de ser negada a nadie.
Además, no se puede negar que en algunas circunstancias “la imputabilidad e la responsabilidad de una acción puedan ser disminuidas o anuladas” (CCC, 1735) a causa de diversos condicionamientos. En consecuencia, el juicio sobre una situación objetiva no debe conducir a un juicio sobre la “imputabilidad subjetiva” (Pontificio Consejo para los textos legislativos, Declaración del 24 de junio de 2000, 2ª). En determinadas circunstancias las personas encuentran grandes dificultades para obrar en modo diverso. Por esto, aun sosteniéndose una norma general, es necesario reconocer que la responsabilidad respecto a determinadas acciones o decisiones no es la misma en todos los casos. El discernimiento pastoral, aun teniendo cuenta de la conciencia rectamente formada de las personas, debe hacerse cargo de estas situaciones. También las consecuencias de los actos ejecutados no son necesariamente las mismas en todos los casos.
86.- El proceso de acompañamiento y de discernimiento orienta a estos fieles a la toma de conciencia de su situación ante Dios. La conversación con el sacerdote, en el fuero interno, concurre a la formación de un juicio correcto sobre aquello que obstaculiza la posibilidad de una participación más plena en la vida de la Iglesia y sobre pasos que pueden favorecerla y hacerla crecer. Dado que en la misma ley no hay gradualidad (cf. FC, 34), este discernimiento no podrá jamás prescindir de las exigencias de verdad y de caridad del Evangelio propuesto por la Iglesia. Para que esto ocurra, han de garantizarse las condiciones necesarias de humildad, reserva, amor a la Iglesia y a su enseñanza, en la búsqueda sincera de la voluntad de Dios y en el deseo de alcanzar una respuesta a ella más perfecta.