La misión de un parlamentario católico

Un político católico debe obedecer a las autoridades de su Iglesia. Pero a veces esto no es fácil. ¿Qué es exactamente obedecer? No siempre será evidente al político católico que ellas tengan razón. Cualquiera sea el caso, es útil distinguir entre hacer propia la enseñanza de la Iglesia y obedecer a los pastores una instrucción de orden político. Hay temas en que la enseñanza eclesiástica no es clara para los laicos. Hay situaciones en que esta enseñanza sí es clara y, sin embargo, las decisiones políticas pueden ser plurales. Exigir los obispos a los laicos una misma acción política, exigírselo especialmente a los parlamentarios, no corresponde.

Los católicos debieran confiar en las autoridades de la Iglesia. No es esperable que los laicos estén igualmente preparados en todos los temas sobre los cuales su Iglesia tiene algo que decir. Es ya mucho lo que han de aprender para ganarse la vida y sacar adelante a su familia. Deben, en consecuencia, hacer fe en la enseñanza de sus pastores. Estos, por su parte, tienen por misión iluminar el camino de los fieles en virtud de una investigación de las fuentes de la revelación (la Biblia y la tradición, interpretadas por los “padres”, los papas, los teólogos y la experiencia creyente de los mismos cristianos), el auxilio de la filosofía y de las ciencias modernas, además de la atención a los “signos de los tiempos”, en todo lo cual los mismos laicos, sea por su preparación profesional, su sabiduría acumulada y su experiencia espiritual, aportan muchísimo. Esta misión se hace más difícil cuando las respuestas del pasado no vienen al caso de las preguntas del presente. Forjar una enseñanza nueva para tiempos nuevos, es una tarea que requiere mucho estudio y energía. Demanda un ingente trabajo colectivo y una disposición a buscar la verdad mucho más que a defenderla.

La Iglesia -todos los bautizados- enseña cuando aprende. Ella misma es ignorante sobre una enorme cantidad de materias que los tiempos aún no le han planteado. Las autoridades eclesiásticas no poseen “verdades” guardadas que sacar de un baúl cada vez que se presenta un problema. Tampoco tienen “recetas”. Ellas nunca pueden olvidar que la humanidad, y la Iglesia misma, avanza en la historia a tientas. Deben recordar, más bien, que la Iglesia ha perfeccionado muchas veces su enseñanza. El respeto de la libertad religiosa, por ejemplo, constituye un avance doctrinal del Vaticano II (Dignitatis humanae 2). El Concilio contradijo la intolerancia de Pío IX en esta materia (Syllabus III, 15). Este progreso es uno entre muchísimos otros.

Lo que vale para los cristianos en general, tiene particular importancia para los políticos católicos. Estos y las autoridades de la Iglesia, por lado y lado han de respetarse en el cumplimiento de sus funciones. Los políticos han de confiar por principio en la enseñanza de sus pastores. Estos, por su parte, deben reconocer autonomía al ámbito público y, sobre todo, respetar el recurso a la conciencia de los políticos cristianos. La persona de Estado “tiene el derecho de seguir, según su conciencia, la voluntad de Dios y de cumplir sus mandamientos sin impedimento alguno. Esta libertad, la libertad verdadera, la libertad digna de los hijos de Dios, que protege tan gloriosamente la dignidad de la persona humana, está por encima de toda violencia y de toda opresión y ha sido siempre el objeto de los deseos y del amor de la Iglesia. Ésta es la libertad que reivindicaron constantemente para sí los Apóstoles” (León XIII, 1888).

Es así que la Iglesia en Chile debe esperar, e incluso pedir, que los senadores católicos cumplan el juramento que hicieron al asumir su cargo. Dice el Reglamento del Senado: “¿Juráis o prometéis, guardar la Constitución Política del Estado; desempeñar fiel y lealmente el cargo que os ha confiado la Nación, consultar en el ejercicio de vuestras funciones sus verdaderos intereses según el dictamen de vuestra conciencia y guardar sigilo acerca de lo que se trate en sesiones secretas, y respetar y acatar las decisiones de la Comisión de Ética del Senado?”. Algo parecido vale para los diputados.

Si algunos dignatarios eclesiásticos no están de acuerdo con que un católico jure algo así, podrán recomendarles que cesen en su cargo. Arriesgan, eso sí, que el parlamentario invoque en su contra la enseñanza de la misma Iglesia.

Continúa el Reglamento: “El nuevo Senador responderá: ‘Sí, juro’, después de lo cual el Presidente agregará: ‘Si así lo hiciereis, Dios os ayude, y si no, El y la Patria os hagan cargo’”.

Si el congresal católico jura y luego en el desempeño de su cargo no cumple su juramento, “peca”. Será un “pecado”, en su caso, no obedecer a Dios que le habla en lo hondo de su conciencia. El senador/a o diputado/a deben iluminar su conciencia con la enseñanza que las autoridades de su Iglesia le hacen saber, pero ellos no han sido elegidos para obedecer a sus pastores ni para defender su credo, sino para tomar las mejores decisiones políticas posibles atendidas las circunstancias, las posibilidades y las personas en cuestión. Es esto, sobre todo, lo que Dios, y su Iglesia, pueden esperar de los parlamentarios católicos.

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